Poco se ha establecido en normativa paliativa para el caso de los deudores de dolares, respecto a obligaciones contraídas previa al PRE-CEPO 2019 y refuerzo del CEPO 2020, con los famosos 200 dolares admitidos para compra a cada individuo, que incluso, hoy peligran. Si bien el nuevo Código Civil y Comercial de la Nación, establece en el artículo 765 que en moneda extranjera, debe estipularse su equivalente en moneda de curso legal. Ahora el 766 establece que el deudor debe entregar cantidad correspondiente de especie. ARTICULO 765 CCC.- Concepto. La…
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